El Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, fija las disposiciones mínimas de seguridad y salud para el trabajo con pantallas de visualización. Respecto a la mesa, su anexo no fija una altura en centímetros ni obliga a que sea elevable. Exige una superficie con dimensiones suficientes, poco reflectante, que permita colocar de forma flexible la pantalla, el teclado, los documentos y el material accesorio, con una postura cómoda.
¿Qué exige la normativa española a la mesa de trabajo?
El punto 1.d del anexo del RD 488/1997 establece los requisitos mínimos de la superficie de trabajo. El texto se publicó en el BOE núm. 97 el 23 de abril de 1997.
| Requisito (anexo, punto 1.d) | Qué establece | Qué no establece |
|---|---|---|
| Dimensiones | Suficientes para la pantalla, el teclado, los documentos y el material accesorio | Medidas concretas en centímetros |
| Superficie | Poco reflectante | Un valor numérico de reflectancia |
| Colocación | Flexible de los elementos, con una postura cómoda | Obligación de que la mesa sea elevable |
Dimensiones suficientes
La superficie debe tener dimensiones suficientes para alojar todo el material que requiere el puesto. Como la norma no concreta medidas, la evaluación depende del trabajo que se realiza en ese puesto concreto.
Superficie poco reflectante
La norma exige una superficie poco reflectante, sin fijar un valor. Para comprobarlo, observe si el tablero genera brillos o reflejos visibles con la iluminación habitual del puesto.
Colocación flexible de los elementos
El anexo pide una colocación flexible de pantalla, teclado, documentos y material accesorio. Para verificarla:
- Sitúe la pantalla frente al usuario.
- Coloque el teclado delante de la pantalla, sin necesidad de girar el cuerpo.
- Ubique los documentos en un lado del puesto, de modo que puedan leerse sin girar el cuello de forma sostenida.
- Reordene los elementos hasta que el conjunto permita una postura cómoda.

¿Es obligatorio tener una mesa elevable?
No. La normativa española sobre pantallas de visualización no obliga a tener una mesa elevable.
Lo que sí exige la norma sobre el puesto
Una mesa fija puede cumplir la exigencia si sus dimensiones lo permiten.
Altura regulable de la silla según la población usuaria
Para el asiento sí existe una exigencia de altura regulable. El RD 488/1997 y la guía del INSST exigen que el asiento tenga una altura regulable, ajustada al rango necesario para la población de usuarios. La norma no fija una medida única: el ajuste debe cubrir las estaturas de quienes ocupan el puesto. Para comprobarlo:
- Identifique el rango de estaturas de las personas que usarán el puesto.
- Compruebe que la silla tiene un mecanismo de regulación en altura que cubra ese rango.
Carácter no vinculante de la guía técnica del INSST
El INSST actualizó su guía técnica para evaluar y prevenir los riesgos del trabajo con pantallas el 20/10/2021. Esa guía no es vinculante. Consta de una parte jurídica, una parte técnica y unos apéndices, y sustituyó el test PVCheck por una lista de verificación. Sirve como referencia técnica para la evaluación del puesto, pero las obligaciones exigibles son las que establece el Real Decreto 488/1997.
| Norma o documento | Qué exige | Qué no exige |
|---|---|---|
| RD 488/1997, anexo, punto 1.d | Superficie poco reflectante, dimensiones suficientes y postura cómoda | Altura en centímetros y mesa elevable |
| RD 488/1997 y guía del INSST | Altura regulable del asiento, ajustada a la población de usuarios | Regulación en altura de la mesa |
| Guía técnica del INSST (20/10/2021) | Criterios técnicos de evaluación y prevención, con lista de verificación | Fuerza vinculante |
¿Cuánto tiempo conviene estar de pie?
Con una mesa elevable, la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) aconseja empezar con unos 10 minutos de pie por cada 50 minutos sentado. Es un punto de partida, no un límite. La misma fuente propone avanzar hacia un reparto aproximado de 50/50 entre estar sentado y estar de pie. (OCU, 2025-06-18)
Inicio con periodos cortos
Al principio, conviene usar bloques breves y repartirlos a lo largo de la jornada, en lugar de concentrarlos en una sola franja. Para no depender de la memoria, puede programar recordatorios que le indiquen cuándo cambiar de postura, como recomienda la OCU.
| Fase | Reparto orientativo |
|---|---|
| Inicio | 10 minutos de pie por cada 50 minutos sentado |
| Objetivo | Reparto aproximado 50/50 |
Progresión gradual del tiempo de pie semanal
La OCU no fija un calendario semana a semana, así que el ritmo lo debe marcar su tolerancia. Un método sencillo es:
- Mantener el bloque de pie actual durante varios días seguidos.
- Ampliar solo un bloque, o unos pocos minutos, cada vez.
- Volver a la duración anterior si al día siguiente persisten molestias.
Señales de fatiga en piernas y espalda
Al aumentar el tiempo de pie, observe estas señales habituales:
- En piernas: sensación de pesadez, hinchazón o cansancio en pantorrillas y pies.
- En espalda: tensión lumbar, rigidez al volver a sentarse o molestias que aumentan a lo largo de la jornada.
Si aparecen, reduzca el bloque de pie, alterne con la postura sentada y cambie el peso de un pie a otro o camine unos pasos antes de continuar.
Cómo ajustar la altura sentado y de pie
Según la OCU (18/06/2025), los valores de referencia son tres: el borde superior de la pantalla a la altura de los ojos, un ángulo de brazo de 90-100° al teclear y las muñecas alineadas con el antebrazo. El ajuste se hace según criterios y no con una medida fija.
Valores de referencia por parámetro
| Parámetro | Valor de referencia | Fuente |
|---|---|---|
| Borde superior de la pantalla | A la altura de los ojos | OCU, 2025-06-18 |
| Ángulo del brazo al teclear | 90-100° | OCU, 2025-06-18 |
| Muñecas | Alineadas con el antebrazo | OCU, 2025-06-18 |
Ajuste paso a paso en postura sentada
- Con la silla ya regulada, coloque el teclado a una altura que permita al brazo formar un ángulo de 90-100°, con los hombros relajados.
- Eleve o baje la pantalla hasta que su borde superior quede a la altura de los ojos. En un portátil, use un soporte o un teclado externo, porque la pantalla integrada suele quedar demasiado baja.
- Compruebe que las muñecas quedan alineadas con el antebrazo al escribir. Si se doblan hacia arriba o hacia abajo, ajuste la altura del teclado.
- Sitúe el ratón a la misma altura que el teclado, para no tener que estirar el brazo.
Ajuste paso a paso en postura de pie
- Colóquese de pie frente al teclado y compruebe que los codos forman el mismo ángulo de 90-100°. Si la superficie no es regulable, la altura de esa superficie determinará este ángulo, así que elija una que permita cumplir el valor de referencia.
- Eleve la pantalla hasta que el borde superior quede a la altura de los ojos. De pie, la pantalla suele quedar más alta que sentado, por lo que puede necesitar un soporte de elevación.
- Mantenga las muñecas alineadas y evite apoyarlas en el borde de la superficie mientras escribe.

Pausas y cambios de actividad en el trabajo con pantalla
Cuando la evaluación de riesgos detecta un riesgo, el Real Decreto 488/1997 obliga al empresario a reducir el tiempo máximo de trabajo continuado con pantalla. La norma no fija una cifra en minutos: el límite concreto depende de lo que resulte de la evaluación de cada puesto. Para cumplirlo, el empresario dispone de dos vías, que pueden combinarse: alternar la tarea con otras actividades o establecer pausas.
Reducción del tiempo máximo continuado
El tiempo máximo continuado es el parámetro que la norma pide controlar. Se refiere al periodo ininterrumpido en el que usted trabaja mirando la pantalla, sin cambiar de actividad. Si la evaluación lo identifica como un factor de riesgo, la reducción puede aplicarse de dos maneras: acortando los bloques de trabajo en pantalla o repartiéndolos a lo largo de la jornada. Lo importante es que el ajuste quede documentado en la evaluación de su puesto y no dependa solo de la iniciativa individual.
Alternancia de tareas frente a pausas
La norma reconoce que la alternancia de tareas y las pausas son alternativas válidas. Cada una actúa de forma distinta sobre la carga visual y postural:
| Medida | Qué establece el RD 488/1997 | Quién la define |
|---|---|---|
| Alternar la tarea con otras actividades | Puede usarse para reducir el tiempo continuado de pantalla | Empresario, según la evaluación de riesgos |
| Establecer pausas | Puede usarse para reducir el tiempo continuado de pantalla | Empresario, según la evaluación de riesgos |
| Periodicidad y duración de las pausas | Pueden acordarse en convenio colectivo | Convenio colectivo aplicable |
La alternancia es útil cuando su trabajo incluye tareas sin pantalla, como llamadas, lectura de documentos en papel o desplazamientos dentro de la oficina. Las pausas son la opción adecuada cuando la tarea debe mantenerse en pantalla de forma continua.
Periodicidad fijada por convenios colectivos
El RD 488/1997 deja a los convenios colectivos la posibilidad de acordar la periodicidad y la duración de las pausas. Por tanto, la referencia práctica en su empresa puede estar en el convenio sectorial o de empresa. Si no existe una regla específica, la OCU cita a la Clínica Mayo, que recomienda pausas activas cada 30-60 minutos. Esa cifra es una recomendación citada por la OCU, no un requisito legal.
Qué mirar antes de comprar una mesa elevable
Antes de comparar modelos, conviene verificar tres aspectos técnicos: el rango de altura útil, la capacidad de carga del tablero y la estructura, y la estabilidad con un monitor grande. La OCU cita como criterios de compra una estructura de acero o aluminio y una base estable, por lo que la solidez del conjunto es el primer punto que revisar.
| Criterio | Qué comprobar | Señal de alerta |
|---|---|---|
| Rango de altura | Que cubra la altura de su codo sentado y de pie | La altura mínima queda por encima de la de su codo sentado |
| Carga máxima | Suma de monitor, portátil, brazo y accesorios | El peso sumado supera el máximo indicado por el fabricante |
| Estabilidad | Base estable y sin balanceo al elevar con su equipo | Vibración o oscilación al subir o bajar |
Rango de altura útil
Para comprobarlo:
- Siéntese en su silla habitual y mida la altura del codo respecto al suelo, con el antebrazo horizontal.
- Compare esa medida con la altura mínima de la mesa. Si el mínimo es superior, el teclado quedará demasiado alto.
- Repita la medición de pie y compárela con la altura máxima del modelo.
Las cifras de altura mínima y máxima deben proceder de la ficha técnica del fabricante, no de estimaciones.
Capacidad de carga del tablero y de la estructura
La carga real no es solo el peso del monitor. Sume el portátil, el soporte, los documentos, los accesorios y cualquier elemento colgado de la mesa, y compare el total con la capacidad máxima indicada por el fabricante. Si el modelo especifica un límite para el tablero y otro para la estructura, cumpla ambos. Una carga mal repartida, con el peso concentrado en un borde, aumenta la tensión sobre el mecanismo.
Estabilidad y vibración con monitores grandes
Un monitor grande aumenta el momento de fuerza sobre la estructura, sobre todo cuando la mesa está elevada. Una base ancha y un marco de acero o aluminio reducen el balanceo. Antes de decidir, pruebe la mesa con su equipo real: suba y baje el tablero varias veces y observe si hay ruido, vibración o desplazamiento. Revise también que los cables no tiren del equipo durante la elevación.
¿Merece la pena una mesa eléctrica?
La mesa eléctrica compensa sobre todo si piensa cambiar de postura varias veces al día y el precio inicial le resulta asumible. Según OCU, sus principales inconvenientes son el precio alto, la dependencia del enchufe y las posibles averías. La mesa manual cuesta menos de adquirir, pero cada cambio de altura requiere un esfuerzo físico y un tiempo de ajuste. La decisión depende, por tanto, de la frecuencia con la que prevé alternar entre sentado y de pie.
Memoria de posiciones y velocidad de elevación
La memoria de posiciones figura entre los criterios de compra que OCU recomienda para este tipo de mesas. Permite guardar una altura para sentado y otra para de pie, y recuperarla con un botón, sin medir el ajuste cada vez. Para comprobarla en tienda:
- Programe una altura y pulse el botón de memoria para confirmar que vuelve a ella.
- Apague la mesa, vuelva a encenderla y compruebe si la posición se conserva.
- Observe si la elevación es estable, sin oscilaciones ni sacudidas, con un peso representativo sobre la superficie.
No hay una cifra de referencia para la velocidad de elevación, así que conviene probar el movimiento antes de comprar: si la subida es lenta, el cambio de postura puede resultar incómodo.
Coste inicial frente a la mesa manual
| Criterio | Mesa eléctrica | Mesa manual |
|---|---|---|
| Coste inicial | Precio alto, según OCU | Sin motor ni controles electrónicos que financiar |
| Ajuste de altura | Motor y botonera | Manivela o mecanismo mecánico |
| Dependencia externa | Requiere enchufe | No depende de la red eléctrica |
La diferencia de precio es el argumento principal contra la eléctrica. Si el uso previsto es ocasional, la manual puede ser suficiente. Si el cambio de postura será diario, el coste adicional se justifica por la comodidad de cada ajuste.
Mantenimiento de motores y componentes electrónicos
Los riesgos del modelo eléctrico se concentran en el motor, los controles y el cableado. Para reducirlos:
- Mantenga el cable de alimentación y el de la botonera fuera del recorrido de la estructura, para evitar tensiones y pinzamientos.
- Revise periódicamente que la botonera responda en ambos sentidos y que la mesa no se detenga a mitad de recorrido.
- Limpie la estructura y compruebe la tornillería, sin desmontar el mecanismo motorizado.