Según el Real Decreto 488/1997, el puesto con pantalla debe cumplir unas disposiciones mínimas de seguridad y salud. Esta norma transpone la Directiva 90/270/CEE y se publicó en el BOE n.º 97 el 23 de abril de 1997. Su anexo no fija cifras, sino requisitos cualitativos sobre pantalla, teclado, mesa y silla. Además, la empresa debe ofrecer vigilancia de la salud y pagar las gafas especiales cuando sean necesarias.

Qué exige la normativa española al puesto con pantalla

Origen y alcance de la norma

El Real Decreto 488/1997 fija las disposiciones mínimas de seguridad y salud para el trabajo con equipos con pantallas de visualización. Su origen está en la Directiva 90/270/CEE, que traslada al ordenamiento español. Es la referencia legal que el empleador debe aplicar al puesto de trabajo frente a pantalla, tanto en oficina como en el domicilio cuando el trabajo se realiza con equipos de este tipo.

Requisitos cualitativos del anexo

El anexo de la norma no establece valores numéricos. Describe qué características debe reunir cada elemento del puesto:

ElementoRequisito cualitativo del anexo
PantallaOrientable e inclinable, con brillo y contraste regulables, sin reflejos molestos
TecladoInclinable, independiente de la pantalla, con espacio delante para apoyar manos y brazos
MesaPoco reflectante y lo bastante amplia
SillaEstable, con altura regulable y respaldo reclinable y regulable en altura
ReposapiésSe facilita a quien lo solicite

Al tratarse de requisitos cualitativos, su cumplimiento se valora por la adecuación funcional del puesto, no por la comprobación de una medida exacta.

Vigilancia de la salud y gafas especiales

La vigilancia de la salud incluye la revisión oftalmológica y se ofrece en tres momentos: antes de empezar el trabajo, periódicamente y cuando aparezcan trastornos relacionados con el puesto. Si el reconocimiento indica que son necesarias gafas especiales para el trabajo con pantalla, su coste corre a cargo de la empresa.

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Qué exige la normativa española al puesto con pantalla

¿Cómo se coloca el puesto en casa para evitar el dolor de espalda?

Colocar el puesto en casa empieza por decidir dónde va la mesa y cuánto espacio la rodea, antes de ajustar la silla o la pantalla. El Real Decreto 488/1997 no fija medidas en centímetros, pero exige una mesa poco reflectante y lo bastante amplia. En una vivienda, donde la mesa suele compartir sitio con otros muebles, cumplir esos requisitos depende de cómo se organiza la habitación.

Espacio libre y circulación alrededor del escritorio

Deje libre la zona situada detrás de la silla para poder levantarse, girarse y alejarse sin tocar muebles ni paredes. Si la silla queda encajada entre la mesa y un armario, cada cambio de postura obliga a torcer el tronco.

Compruebe que la profundidad de la mesa permite la distancia ojos-pantalla que indica la NTP 139: entre 450 y 550 mm, con un máximo de 700 mm (INSST, 1985). Si la pantalla queda pegada a la pared, esa distancia no se alcanza.

Por último, mantenga bajo la mesa espacio suficiente para un reposapiés, así que conviene prever el hueco desde el principio.

Cableado, enchufes y tomas de corriente accesibles

Coloque el puesto cerca de una toma de corriente para no depender de alargaderas encadenadas. Una cadena de alargaderas ocupa espacio en el suelo, se desplaza con facilidad y complica el acceso a los equipos.

Canalice los cables por detrás de la mesa o por canaletas adheridas a ella. Así quedan fuera de la zona de paso y del espacio donde se apoyan las manos. Un cable tendido por el suelo puede engancharse al levantarse o al mover la silla, y desconectar un equipo sin inclinarse exige agacharse de forma repetida.

Distribución del puesto según el tipo de tareas

El uso que se da al puesto determina qué debe quedar a alcance sin girar el cuerpo. La tabla resume la disposición según la tarea predominante.

Tipo de tareaQué debe quedar a alcanceDisposición recomendada
Escritura con tecladoTeclado y ratón frente al usuarioPantalla y teclado centrados frente a la silla
Lectura de documentosDocumento a una distancia similar a la de la pantallaDocumento junto a la pantalla, sin giros frecuentes de cabeza
VideollamadasPantalla y cámara en el mismo frente visualCámara y pantalla alineadas con la posición habitual de trabajo

Si el puesto combina varias tareas, priorice la que ocupa más tiempo y deje las secundarias a un lado de la mesa, de modo que el giro sea ocasional y no diario.

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Silla, mesa y pantalla: ajustes clave

El mobiliario de un puesto de teletrabajo debe permitir cambiar la postura. El INSST recomienda mobiliario regulable y una buena disposición de pantalla, teclado y accesorios, porque los riesgos físicos principales son las posturas inadecuadas o mantenidas y el sedentarismo, que pueden causar dolor cervical, lumbar y en extremidades superiores. Los ajustes siguientes parten de esa premisa y se pueden hacer sin herramientas.

Altura regulable de la silla y respaldo reclinable

Ajuste la silla en este orden:

  1. Compruebe la estabilidad de la base antes de cualquier otro ajuste. Una silla que se balancea obliga a compensar con el tronco.
  2. Ajuste la altura del asiento hasta que los antebrazos puedan apoyarse en la mesa con los hombros relajados, sin tener que elevarlos.
  3. Regule la altura del respaldo para que su apoyo quede a la altura de la zona lumbar, no a la altura de los omóplatos.
  4. Reclínelo para cambiar el ángulo del tronco a lo largo de la jornada.

Inclinación de la pantalla y teclado independiente

La pantalla debe ser orientable e inclinable, y el teclado debe ser inclinable e independiente de ella. La separación permite ajustar cada elemento a su función: la pantalla en el ángulo de visión de referencia (mirada ligeramente hacia abajo) y el teclado a la altura de los codos.

Según la NTP 139 del INSST (1985), los valores de referencia son:

ParámetroValor de referencia
Distancia ojos-pantalla450–550 mm (máximo 700 mm)
Ángulo de visión10° a 20° por debajo de la horizontal

Para aplicarlos, sitúe la pantalla a una distancia de los ojos dentro de ese intervalo y compruebe que la mirada se dirige hacia abajo en ese ángulo, sin levantar ni inclinar la cabeza. El teclado debe quedar delante de la pantalla.

Reposapiés y espacio para apoyar brazos

La norma prevé que se facilite un reposapiés a quien lo solicite. Conviene usarlo cuando la altura de la silla no permite que los pies apoyen de forma estable en el suelo. Si la mesa es demasiado alta para ese ajuste, el reposapiés compensa la diferencia y evita que la silla quede ajustada en una altura incorrecta.

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Para el apoyo de brazos, la referencia es el espacio delante del teclado: la mesa debe ser lo bastante amplia para que las manos y los antebrazos descansen sin ocupar el área de la pantalla ni forzar el alcance. Revise que ese espacio exista antes de colocar otros objetos sobre la superficie de trabajo.

Luz, ruido y temperatura en el despacho doméstico

El Real Decreto 488/1997 sobre pantallas de visualización solo fija requisitos cualitativos para el ambiente de trabajo, sin cifras. La única referencia numérica de la ficha procede de la NTP 139 del INSST (1985), que indica una iluminación de 300–500 lux, una temperatura de 19–24 °C y una humedad relativa de 40–70 %. Son valores orientativos, así que conviene comprobarlos en la estancia donde trabaja usted.

Reflejos, deslumbramientos y orientación respecto a las ventanas

La normativa exige que la pantalla sea inclinable y que el brillo y el contraste se puedan regular, para que no aparezcan reflejos molestos. En un despacho en casa, esto se consigue con la colocación:

  • Sitúe la mesa para que las ventanas queden a un lado del puesto, no delante ni detrás de la pantalla.
  • Si la luz natural entra de frente, use cortinas o persianas orientables para atenuarla.
  • Elija una superficie de mesa poco reflectante, ya que la normativa también lo exige.
  • Compruebe los reflejos con la pantalla encendida, mostrando una página con fondo blanco, y mueva ligeramente la cabeza a ambos lados.

Iluminación artificial y nivel de luz natural

Ajuste primero la luz natural y después la artificial. Una iluminación general uniforme en el techo, complementada con una lámpara de trabajo orientable que no incida directamente sobre la pantalla, permite alcanzar el nivel de referencia sin subir la intensidad al máximo. Si dispone de un luxómetro, mídalo sobre la superficie de trabajo y compárelo con el rango indicado. Si la lectura queda por debajo, aumente primero la iluminación general antes de añadir focos adicionales.

Ruido de fondo y temperatura de la estancia

La normativa citada no fija un límite numérico de ruido, así que la recomendación es práctica: elija una estancia alejada de electrodomésticos, del tráfico de paso y de otras personas que hablen por teléfono, y cierre la puerta durante las llamadas.

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Para la temperatura, mantenga el despacho dentro del rango de 19–24 °C y de humedad relativa de 40–70 %. Evite colocar el puesto junto a radiadores, equipos de aire acondicionado o corrientes de aire directas, porque alteran la temperatura en la zona de trabajo.

Luz, ruido y temperatura en el despacho doméstico

¿Cuánto y cómo conviene descansar durante la jornada?

El Real Decreto 488/1997 no fija una duración para las pausas. Obliga a reducir el tiempo continuo ante la pantalla, a alternar tareas o a establecer pausas, y deja en manos de los convenios colectivos la concreción de su frecuencia y duración. Como referencia técnica, la NTP 139 del INSST recomienda unos 10 minutos de pausa cada una o dos horas.

Frecuencia y duración según la normativa

FuenteQué establece
RD 488/1997 (BOE, 23-04-1997)Reducir el tiempo continuo, alternar tareas o establecer pausas. No fija duración; remite a los convenios.
Guía técnica del INSST (2021)Pausas regladas o a discreción del trabajador.
NTP 139 (INSST, 1985)Unos 10 minutos de pausa cada una o dos horas.

Antes de organizar sus pausas, revise el convenio colectivo aplicable a su sector y a su empresa, ya que es ahí donde pueden figurar la frecuencia y la duración exigibles. Aunque el convenio no concrete nada, el RD 488/1997 sigue exigiendo reducir el tiempo continuo ante la pantalla, alternar tareas o establecer pausas. La guía del INSST contempla tanto pausas regladas como pausas a discreción del trabajador.

Alternancia de tareas y reducción del tiempo continuo

La norma no exige bloques fijos de alternancia, pero sí reducir el tiempo de pantalla sin interrupción. Una forma práctica es intercalar tareas que no requieran pantalla, como la lectura de documentos impresos, las llamadas o la planificación en papel. Conviene cambiar también de posición durante estas tareas alternas.

Desconexión digital y pausas regladas

La guía técnica del INSST de 2021 recomienda formación en pausas activas y en desconexión digital. Desconectar significa no consultar el correo ni la mensajería durante el descanso, en lugar de utilizarlo como pausa encubierta.

Las pausas regladas son las que fija la empresa o el convenio; las pausas a discreción las decide el propio trabajador. Las pausas a discreción dependen de la autoorganización de cada persona, por lo que conviene registrarlas en el calendario como cualquier otra reunión.

Cómo integrar una zona de descanso en el despacho

Una zona de descanso en el despacho doméstico necesita un lugar distinto del puesto de trabajo, para que la pausa no se haga en la silla de trabajo. El Real Decreto 488/1997 regula el puesto con pantalla y no fija requisitos para zonas de descanso, así que los criterios siguientes son prácticos, no normativos.

Separación física entre puesto y zona de descanso

Sitúe la zona de descanso fuera de la línea de trabajo habitual entre la silla y la pantalla. Si el espacio es reducido, basta con un cambio de orientación: girar el asiento hacia otro punto de la estancia o usar una esquina distinta de la habitación. El objetivo es que el cambio de postura y de entorno sea visible y real.

Mobiliario ergonómico de descanso breve

Aplique al mobiliario de descanso los mismos criterios de estabilidad, regulación y apoyo de pies:

CriterioAplicación a la zona de descanso
EstabilidadAsiento que no se desplace al sentarse ni al levantarse
RegulaciónAsiento con altura adecuada, de modo que los pies queden apoyados
Apoyo de piesReposapiés o taburete accesible desde el asiento de descanso

Visibilidad y acceso desde el escritorio

La zona de descanso debe quedar a la vista desde el escritorio, lo que facilita recordar la pausa sin depender de un temporizador. Para la iluminación de la zona de trabajo, la NTP 139 indica 300–500 lux; en la zona de descanso se recomienda, como criterio práctico y no normativo, evitar lámparas que deslumbren al volver al escritorio.

Por último, el recorrido desde la silla de trabajo hasta la zona de descanso debe ser corto y libre de obstáculos, de manera que levantarse y moverse no requiera maniobras.

Estiramientos y pausas activas sencillas

Las pausas activas son movimientos breves que se hacen en el propio puesto, sin necesidad de material ni de desplazarse. El INSST recomienda formación en pausas activas en su Guía técnica sobre pantallas de visualización (2021). Los ejercicios siguientes se pueden realizar sentado en una silla estable con respaldo regulable.

Ejecute cada movimiento de forma lenta y controlada, sin rebotes, y respire con normalidad durante todo el ejercicio.

Cuello, hombros y zona lumbar

ZonaMovimientoEjecución
CuelloInclinación lateralAcerque la oreja al hombro sin elevar el hombro. Alterne ambos lados.
CuelloRetracción cervicalDeslice la cabeza hacia atrás manteniendo la mirada al frente, como si formara una barbilla doble.
HombrosRotación de hombrosHaga círculos lentos hacia atrás y después hacia delante.
HombrosApertura de pechoEntrelace las manos detrás de la espalda y abra los codos suavemente.
Zona lumbarRotación sentadoGire el tronco hacia un lado apoyando una mano en el respaldo. Repita hacia el otro lado.
Zona lumbarInclinación hacia delanteIncline el tronco desde la cadera manteniendo la espalda recta, hasta donde sea cómodo.

Cadera y piernas sentado

  • Elevación alterna de rodillas: levante una rodilla sin separar la espalda del respaldo y alterne con la otra.
  • Extensión de pierna: estire una pierna hasta quedar casi horizontal y regrese al suelo despacio.
  • Círculos de tobillo: con el talón apoyado en el suelo, mueva el pie describiendo círculos en ambos sentidos.
  • Elevación de talones y puntas: con ambos pies apoyados, alterne levantar los talones y levantar las puntas.

Estos movimientos son especialmente útiles cuando la jornada incluye largos periodos sentado, porque mantienen la movilidad de caderas y tobillos sin requerir espacio adicional.

Preguntas frecuentes

¿Qué características debe tener la silla y la mesa de mi puesto en casa?

La norma exige que la silla sea estable, con altura regulable y respaldo reclinable y regulable en altura. La mesa debe ser poco reflectante y lo bastante amplia para el trabajo, sin que el texto fije medidas concretas.

¿Cada cuánto tiempo debo hacer pausas si trabajo frente a una pantalla?

El Real Decreto 488/1997 no fija una duración para las pausas. Obliga a reducir el tiempo continuo ante la pantalla, a alternar tareas o a establecer pausas, y un convenio colectivo puede concretar la frecuencia.

¿Quién paga las gafas especiales y qué incluye la vigilancia de la salud?

La empresa paga las gafas especiales cuando son necesarias para el trabajo con pantalla. La vigilancia de la salud, que incluye la revisión oftalmológica, se ofrece antes de empezar, de forma periódica y cuando aparezcan trastornos.

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